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Presidencia de Arturo Zaldívar: Un análisis de su capacidad de agencia

Karina Ansolabehere

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El 2 de enero de 2023 finalizará la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación encabezada por el ministro Arturo Zaldívar.  Esta presidencia tiene por lo menos dos rasgos distintivos. Desde la reforma judicial de 1994, fue el primer presidente del máximo tribunal, y por tanto del consejo de la judicatura federal, que no tenía carrera judicial y también es la presidencia que se desarrolló en un entorno de cambio de la coalición política en el país. En este contexto judicial y político al que se suma la baja legitimidad púbica del poder judicial ¿Cuáles fueron las estrategias políticas desarrolladas por esta instancia?

Mi respuesta a la pregunta es que la presidencia de Arturo Zaldívar desarrolló tres estrategias: el acuerdo con el Poder Ejecutivo para impulsar cambios internas a partir de una agenda de reformas puesta por él[1]; el uso de las bases establecidas por la reforma de derechos humanos de 2011 enfatizando las cuestiones de igualdad estructural y acceso a la justicia de sectores en situación de vulnerabilidad como forma de acercar la agenda judicial a demandas sociales que ocupan un lugar secundario en la política mayoritaria ( pueblos indígenas, diversidad de género ,etc.) y contención de los embates del Poder Ejecutivo.

Si bien cada una de estas estrategias puede rastrearse en los cuatro años de gestión. Aquí me centraré en eventos clave que dan cuenta de ellas. Por qué centrarse en estas tres estrategias de la presidencia:  básicamente porque los legados de la gestión pueden leerse en esta clave. Por qué no centrarse en las decisiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el período (muchas muy aplaudidas y otras tantas muy cuestionadas), simplemente porque estas no dependen exclusivamente de la Presidencia del órgano.

El hito en las políticas de cambio interno estuvo dado por la Reforma Con y Para el Poder Judicial[2] como se dio en llamar. Esta propuesta fue elaborada por la Presidencia del máximo tribunal y presentada por el Poder Ejecutivo al Congreso.  La propuesta cristalizó en una reforma constitucional [3] y en varias reformas a la legislación secundaria[4] a través de las que se modificaron varios aspectos de la organización judicial. En primer lugar, estableció la paridad de género en la composición del Poder Judicial Federal y la creación de instancias internas para prevenir y perseguir el acoso sexual. En segundo lugar, modificó los mecanismos de acceso a los diferentes puestos ampliando aquellos que son parte de la carrera judicial y que requieren procesos de admisión transparente. En tercer lugar, modificó el sistema de tesis, precedentes, existente en el poder judicial.[5] Esta reforma judicial ha sido cuestionada por diferentes motivos. Entre ellos, el acuerdo con el Poder Ejecutivo y la escasa participación institucional en el desarrollo de la propuesta. Si bien coincido en la segunda cuestión, en relación con la primera, en lo personal, lejos de leerla como una debilidad la considero un mecanismo para lograr el mejor resultado posible en un contexto interno resistente y en un contexto externo que podría articular una reforma judicial sin participación de la propia institución.

En cuanto a la relación con la sociedad, si bien no se han modificado sustantivamente las reglas de acceso a la jurisdicción del máximo tribunal por parte de la población, la agenda de acceso a la justicia e igualdad estructural probablemente son el otro rasgo distintivo de la gestión. Esta política se plasmó principalmente en la actualización y elaboración de protocolos de actuación con perspectiva de grupos en desventaja.[6] Mención especial requiere el Instituto Federal de la defensoría pública que ha realizado actividades vinculadas con litigio estratégico en casos de grupos vulnerables. Sabemos que estas acciones no tienen efectos inmediatos y que su difusión no está exenta de resistencias. Será clave identificar cómo esta agenda ha permeado lo suficiente las decisiones judiciales.

La última estrategia que deseo destacar es la contención política. Esta presidencia de la corte ha estado signada por un contexto político cuyo actor central es el gobierno de Andrés Manuel López Obrador que llegó al poder el 1 de diciembre de 2018 con gran apoyo popular y mayorías en la Cámara de Diputados y el Senado. Este gobierno expresa una coalición política diferente a las anteriores y un estilo político que no tiene al modelo de la democracia liberal y el estado de derecho como centros gravitacionales. En este contexto la presidencia tenía varias estrategias posibles ser varios en cuyos extremos estarían el enfrentamiento y la subordinación. La opción elegida ha sido, sin embargo, intermedia: la contención. Caracterizada por una buena relación del presidente del tribunal con las instancias relevantes del gobierno, cuyo ejemplo máximo fue el apoyo para que se extendiera el mandato de Zaldívar por un período más. Esta solicitud controvertida tanto política como jurídica fue, finalmente, dejada de lado. No obstante, por otra parte, esta estrategia permitió que el funcionamiento del PJ se viera mínimamente afectado en sus instancias inferiores, no hubiera serios castigos al presupuesto, en un contexto retóricamente adverso para el PJF.

En vista del análisis anterior, basado en la capacidad de agencia de la presidencia del máximo tribunal, considero que más allá de los cambios materiales, uno de los legados de esta presidencia fue realizar una política estratégica que supuso coaliciones novedosas en la política judicial del máximo tribunal mexicano.


[1] En palabras del Ministro Arturo Zaldívar “cuando yo llego a la Presidencia de la Corte empezamos una auto reforma que partió de un análisis autocrítico y un año después de haber iniciado esta auto reforma interna, logramos un consenso con los otros dos Poderes, con el Poder Ejecutivo y el Legislativo para lanzar una Reforma con y para el Poder Judicial Federal”. SCJ/Comunicado de Prensa 005, https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6713

[2] Hecha pública el 12 de febrero de 2020. https://www.scjn.gob.mx/sites/default/files/carrusel_transarencia/documento/2020-02/Reforma-Judicial-PJF.pdf

[3] Aprobada el 11 de marzo de 2021

[4] Publicada el 07 de junio de 2021.

[5] En palabras del Presidente: “Hoy tenemos un Poder Judicial que gracias a la Reforma logra elevar a rango constitucional y legal el combate a la corrupción, al nepotismo, al acoso sexual y a la violencia de género; la apuesta por la paridad y la igualdad sustantiva; la apuesta por un perfil diferente de juzgador y juzgadora federales, más sensibles, modernos, comprometidos con la gente, con mayor sensibilidad social y humana, y una defensoría pública que llegue a todos los rincones del país para defender a la gente más pobre”. https://www.internet2.scjn.gob.mx/red2/comunicados/noticia.asp?id=6713

[6] Protocolos para juzgar : con perspectiva de género; para juzgar casos de tortura y malos tratos; casos que involucren derechos de las personas con discapacidad, con perspectiva de Orientación Sexual, Identidad y expresión de género y características sexuales; en Casos que involucren personas migrantes; con Perspectiva de Infancia y Adolescencia; con perspectiva intercultural: personas, pueblos y comunidades afrodescendientes y afromexicanas; con perspectiva intercultural: personas, pueblos y comunidades indígenas; en casos de proyectos de desarrollo e infraestructura. https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/protocolos-de-actuacion

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Karina Ansolabehere

Researcher, Institute of Legal Research of the National Autonomous University of Mexico
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